La estadística de las personas desaparecidas crece inmensurablemente todos los días en la mayoría de todo territorio nacional.

Gran parte de esta problemática es causa de la Delincuencia Organizada, su lucha por conservar el poder y las malas estrategias del Gobierno Mexicano por contrarrestar esa problemática que aqueja a toda la sociedad.

Todos estarán de acuerdo que México se ha convertido en uno de los países con mayor criminalidad, inseguridad; pero, sobre todo, se ha convertido en una nación con mayor número de asesinatos y personas desaparecidas de manera indiscriminada.

Es verdad que existen muchos instrumentos jurídicos nacionales e internacionales que obligan a las autoridades de nuestro país a combatir, erradicar y prevenir la desaparición de personas; pese a ello, las personas continúan desapareciendo y se siguen encontrando fosas clandestinas en todo el país sin que se implementen acciones reales y categóricas gubernamentales para su combate y hacer que se cumpla la ley.

Debemos recordar que todas aquellas personas que desaparecen y luego son asesinadas, pertenezcan o hayan pertenecido a la delincuencia, son sujetos de derechos humanos, principalmente en estos casos los derechos humanos a la vida y a la libertad son los que resultan afectados.

El Estado Mexicano, en términos del artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es el encargado de protegerlos, respetarlos y velar que no sean afectados por persona o autoridad alguna.

Hay que recordar que existen dos principales variantes sobre el tema de la desaparición de personas, la primera es aquella conocida como desaparición forzada, que es cuando un servidor público está relacionado con la desaparición de una persona; y la segunda, es la desaparición cometida por particulares, que es cuando cualquier persona es vinculada con dicho delito, como en el caso de los miembros de la delincuencia organizada.

Quisiera dejar de manifiesto, que es muy preocupante que como sociedad mexicana nos estemos acostumbrando o incluso, ya estamos acostumbrados a escuchar que todos los días están siendo asesinadas o desaparecidas personas en gran parte del país.

Más preocupante es que este tema no es nuevo para nuestra sociedad, pues hay que recordar que en las décadas de los 60´s y 70´s, el Gobierno Federal tomó la decisión de detener, juzgar y eliminar sin un procedimiento a personas que consideraba transgresora o peligro para los intereses del Estado de México.

Aunque fueron muchos los desaparecidos y asesinados en esas épocas, hay casos emblemáticos que han marcado la historia de nuestro país, como la desaparición de Rosendo Radilla Pacheco en Atoyac de Álvarez, Guerrero.

Este caso fue emblemático, pues llegó a conocimiento y resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pues emitió una Sentencia en contra del Estado de Mexicano en donde se ordena entre otras cosas reconocer el delito de desaparición forzada.

A consecuencia de ello, primero se reconoce dicho delito en el Código Penal Federal; y posteriormente, se crea la “Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas”, publicada el 17 de noviembre de 2017.

Dicha norma prevé la existencia de una Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) que depende de la Secretaría de Gobernación, la cual tiene entre sus facultades determinar, ejecutar y dar seguimiento a las acciones de búsqueda de personas Desaparecidas y No localizadas, en todo el territorio nacional.

Esto incluye, la búsqueda en vida, la búsqueda forense con fines de identificación de cuerpos y restos humanos desde la perspectiva o identificación humana. Previendo que deberá emitir un informe de actividades cada tres meses.

Con independencia de que en la página electrónica https://www.gob.mx/cnb, solo se puede encontrar el último informe de la CNB de búsqueda e identificación de personas del 1 de enero al 30 de junio de 2021. En esa misma página se reconoce en la parte de la “Introducción” que existe una crisis de desaparición de personas, ya que el número asciende a 61,637 personas al 31 de diciembre de 2019.

Aunque por el otro lado, en la página electrónica https://versionpublicarnpdno.segob.gob.mx/Dashboard/ContextoGeneral, donde se publica la estadística del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No localizadas, se informó que del periodo del 15 de marzo de 1964 al 25 de julio de 2022, a las 9:06 horas, se tiene un total de personas desaparecidas y no localizadas de 101,560 personas, de éstas 89,999 son personas desaparecidas y, 11,561 personas no localizadas. Para las 20:11 horas, la cifra se había incrementado a 101,597 personas, de estas 90,022 son personas desaparecidas y, 11,575 no localizadas, aumentando en aproximadamente doce horas 22 personas desaparecidas.

En esa misma página se registra al estado de Jalisco con un total de 15,040, y Tamaulipas 12,080; aunque también debemos considerar que estos datos se generan a partir de la información que las propias Fiscalías de los Estados y de la General de la República reportan, y de acuerdo con información proporcionada a través del Portal de Transparencia y Acceso a la Información se detectó que no siempre y no todas las Fiscalías son responsables para el llenado de este registro.

Por lo que, los datos pueden variar de la realidad, incluso puede variar desde la forma y el tratamiento que el agente del Ministerio Público le da a la información o a las denuncias que presentan los familiares de las personas desaparecidas.

Sin dejar de mencionar, que muchas personas que nunca fueron reportadas como desaparecidas y que, si lo fueron, pueden o han sido localizadas en fosas clandestinas. Esos casos, también deben ser considerados en estas estadísticas y deben ser tratados como tal por las autoridades para que las conductas ilícitas no queden impunes.

Otro de los mecanismos que se han implementado no hace mucho tiempo, que esperemos que se explote como debe ser, es el Centro Nacional de Identificación Humana como parte de la respuesta para erradicar la crisis forense, tal como lo expresó la oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidos para los Derechos Humanos (ONU-DH), esperemos buenos resultados.

Es innegable que el problema de las Desapariciones Forzadas y/o Desaparición Cometidas por Particulares en nuestro país, es de gran preocupación, y ese si es un tema de seguridad nacional. Como lo establece el artículo 3 de la Ley de Seguridad Nacional, se debe buscar el mantenimiento del orden constitucional desde el respeto, la protección y la defensa de los derechos humanos que se vulneran a gran escala con este flagelo de la desaparición de personas.

Victor Serrano Contreras