México, 24 de junio de 2025 ::: En México se está comenzando a escribir un nuevo capítulo para los repartidores
de aplicaciones como Uber, Didi y Rappi, quienes durante años habían operado dentro de un vacío legal.
Las aplicaciones móviles para pedir comida a domicilio comenzaron a popularizarse entre el 2015 y el 2017, sin embargo, fue con la llegada de la pandemia de Covid-19 en el 2020 cuando estos servicios explotaron.
Sin embargo, antes de que el Gobierno de México tomara cartas en el asunto, los repartidores no eran reconocidos legalmente como empleados. Todo operaba desde lo digital, sin contratos formales ni prestaciones laborales.
::: ¿Qué prestaciones tendrán los repartidores de aplicación?
El domingo 22 de junio de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma a la Ley Federal del Trabajo que reconoce y protege los derechos laborales de quienes trabajan a través de plataformas digitales.
Esto incluye no solo a repartidores, sino también a conductores, personal de paquetería y mensajería que operan bajo esquemas similares.
El artículo 291-F establece que estos trabajadores tendrán acceso a beneficios como:
• Aguinaldo
• Vacaciones y prima vacacional
• Descanso semanal
• Pago de horas extras
• Seguro social
• Infonavit
• Libertad sindical
Con estos cambios, el Estado reconoce la labor de este personal que durante años trabajo sin prestaciones, seguridad social y sin estabilidad.
Pese a esto, ha habido reclamos. En las últimas semanas, repartidores de distintas aplicaciones salieron a las calles y bloquearon avenidas principales en la Ciudad de México. ¿El motivo? Muchos estaban en contra de la regulación. No querían perder la flexibilidad que les ofrecía este tipo de trabajo, aunque eso implicara también la ausencia de derechos laborales.
A pesar de las protestas, la decisión está tomada, ya que la reforma ya fue aprobada y publicada.