Ciudad de México, México ::: 29 de abril de 2026 ::: La Cámara de Diputados validó la reforma que faculta al
Congreso de la Unión para emitir una normativa nacional única en la materia tras el respaldo de 27 estados. La declaración permitirá homologar los tipos penales y protocolos de investigación en todo el país, fortaleciendo la lucha contra la violencia de género.
La modificación al artículo 73 de la Constitución permitirá establecer un marco normativo nacional que defina, al menos, los tipos penales y las sanciones correspondientes a este delito.
Este avance legislativo ocurre en un contexto de alta violencia en el país, donde el feminicidio representa una de las problemáticas más graves, con un promedio de diez mujeres asesinadas diariamente.
De acuerdo con datos oficiales, entre 2018 y 2025 se contabilizaron más de 26 mil 600 homicidios de mujeres en México, de los cuales únicamente 6 mil 781 fueron investigados como feminicidio.
La presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Kenia López Rabadán, informó que, una vez realizado el cómputo de los votos aprobatorios de la mayoría de las legislaturas estatales y de la Ciudad de México, se emitió el proyecto de declaratoria correspondiente.
"El Congreso de la Unión, en uso de la facultad (...) declara reformado el artículo 73, fracción XXI, inciso a) de la Constitución Política, en materia de feminicidio. Se remite a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales", señaló la declaratoria leída en el recinto legislativo de San Lázaro.
Entre los congresos locales que avalaron la reforma están el de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y la Ciudad de México.
La reforma deriva de una iniciativa presentada por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, que ahora será enviada al Senado para su aprobación y posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Con esto se abre la puerta a la discusión de una ley que fije bases mínimas para definir el delito y sus sanciones, sin que cada uno de los 32 estados mantenga criterios aislados y distintos.
El Congreso mexicano deberá expedir esa legislación dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la reforma.
Mientras ello ocurre, las disposiciones federales y estatales vigentes en materia de feminicidio continuarán aplicándose hasta que entre en vigor la nueva ley general.