Necesario modificar ley de pensión universal

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Si el gobierno quiere incluir a los grupos que no reciben apoyos o pensiones inferiores al salario mínimo vigente, es necesario modificar la propuesta de Ley de la Pensión Universal, presentada por el Ejecutivo federal, sentenció la diputada Luisa María Alcalde Lujan (MC).

En rueda de prensa la diputada Alcalde Lujan reveló  que el nombre del nuevo ordenamiento que el Congreso de la Unión deberá crear debe ser Ley de la Pensión no Contributiva.

Por ello, afirmó, el nuevo ordenamiento debe incluir a los pensionistas de todas las instituciones públicas de seguridad social, cuyo pago al primero de enero de 2014 sea inferior o igual al salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

Entre ellos, destacó, a los actuales jubilados, quienes tienen una retribución derivada del fallecimiento del trabajador pensionado, y a las personas con discapacidad.

Argumentó que la propuesta del Ejecutivo requiere el cumplimiento de requisitos, lo que la convierte en una extensión de la ya existente pensión para adultos mayores de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), que actualmente otorga 525 pesos mensuales.

En el marco de la discusión de la reforma hacendaria y la Ley de Ingresos de la Federación 2014, la Cámara de Diputados aprobó una reforma constitucional para establecer la pensión universal para los adultos mayores, que debe ser ratificada por el Senado y avalada por la mayoría de los congresos estatales.

En cuanto entre en vigor esa reforma constitucional, se deberá aprobar en el Congreso de la Unión la Ley de la Pensión Universal, cuyo proyecto envió el Ejecutivo el pasado 8 de septiembre.

Por ello, la legisladora de MC señaló que “es falso que los adultos mayores vayan a recibir mil 25 pesos, ya que el régimen transitorio de la reforma señala que la pensión será inicialmente de 525 pesos y se aumentará gradualmente hasta alcanzar, en 15 años, la cifra anunciada”.

Indicó también que en la reforma se deberá establecer la soberanía de los estados y del Distrito Federal respecto a los programas de apoyo monetario o alimentario ya establecidos o a los que sus congresos locales puedan establecer.

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