Resuelve Corte12 controversias en favor presupuesto municipal para pueblos indígenas y afromexicanas

La ministra Yasmín Esquivel Mossa reiteró que es constitucionalmente válido que la Federación otorgara recursos a las comunidades indígenas para que los administren directamente

Ciudad de México::: 21 de octubre de 2026::: El pleno de la de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió 12 controversias constitucionales en las que se refrendó el mandato constitucional para que pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas tengan garantizado el acceso a presupuesto municipal y lo administren directamente.

En la discusión para resolver los proyectos, la ministra Yasmín Esquivel refirió que la autonomía presupuestaria de los municipios es de suma importancia, en la medida en que hace efectivo el mandato constitucional de que los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas cuenten con recursos para administrarlos y ejercerlos directamente.

Al destacar que la reforma al artículo 2o. de la Constitución federal, publicada en 2024 que reconoce a estos grupos sociales como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio y ese mandato, dijo, debe tener consecuencias concretas: fortalecer su capacidad de decisión y garantizarles los medios para ejercerla.

“La administración directa de los recursos que les corresponden es parte de su autonomía y del respeto a su dignidad”, resaltó Esquivel Mossa.

Agregó que la autonomía presupuestaria de las alcaldías, reconocida en el artículo 122 constitucional, debe interpretarse de manera armónica con el artículo 2 constitucional, que obliga a todas las autoridades a garantizar los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

“Este reconocimiento es de suma importancia, en la medida en que estas disposiciones hacen efectivo un mandato constitucional. Es decir, que los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas cuenten con recursos para administrarlos y ejercerlos directamente, atender sus necesidades y decidir sobre su propio desarrollo.

De acuerdo con un criterio de la extinta Segunda Sala fallado en 2025, en el que ella fue ponente y se aprobó por mayoría de 3 votos, se determinó que era constitucionalmente válido que la Federación otorgara recursos a las comunidades indígenas para que los administren directamente, lo que lleva consigo la obligación de ejercer los recursos con transparencia, fiscalización, rendición de cuentas, pero, sobre todo, para que los recursos respectivos se destinen a los fines del fondo y conforme a las reglas correspondientes.

“El asunto representa un avance en la consolidación de la doctrina jurisprudencial desarrollada por el Tribunal Pleno y las Salas de anteriores integraciones de la SCJN, cuyos precedentes contribuyeron a establecer criterios para la protección de los derechos de las comunidades indígenas, los grupos agrarios, y constituyeron un sustento para las reformas constitucionales y legales adoptadas en su beneficio”, argumentó.

El resto del pleno de ministros del máximo tribunal del país reconocieron la validez de las disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2026 que establecen la entrega de recursos a dicha población y determinaron que es una medida que busca contribuir a reducir las desigualdades y atender el rezago social que históricamente han enfrentado.

Se dejó en claro que este mecanismo de asignación directa deriva del reconocimiento constitucional de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica, patrimonio propio y capacidad para recibir y administrar directamente las asignaciones presupuestales que les correspondan.

“La SCJN avanza hacia un nuevo paradigma que fortalece el ejercicio de sus derechos y contribuye a cerrar las brechas de desigualdad”, refrendó en un comunicado tras la sesión de este miércoles.

En la discusión, se precisó que, si bien las aportaciones del FAIS forman parte de la hacienda municipal, su destino está sujeto a los fines previstos en la legislación federal y, en ese sentido, la asignación directa de esos recursos respeta la autonomía municipal, al solo armonizar el ejercicio de sus atribuciones con el mandato constitucional de garantizar los derechos de dichos pueblos y comunidades.

 

@eloisadominguez

Eloísa Domínguez, reportera, con 26 años de experiencia. Antes ha sido editora de temas internacionales, además de las secciones Seguridad y Justicia y jefa de las secciones CDMX en diversos medios impresos. Colabora también para la revista 'Buzos de la Noticia'

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