Autonomía y Consumidores

No temas a la competencia, teme a tu propia incompetencia.
Refrán popular 

Para quien dude del rol tan importante que tienen los organismos autónomos y el beneficio que brindan a la población general, le platico de un caso relevante y reciente.

La Ley Federal de Competencia Económica establece claramente que cuando una empresa posee una elevada participación de mercado en una o varias regiones del país, y esto afecta a otras compañías o participantes que no pueden competir de la misma forma, se produce lo que se llama poder sustancial.

Si esto sucede, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) debe de establecer una serie de medidas o regulación asimétrica, que obligue a poner límites a la empresa que tenga esta condición, a efecto de posibilitar que otros operadores puedan competir en esa misma región o territorio.

Esto es precisamente lo que acaba de ocurrir, luego de que el IFT declaró a la empresa  Megacable  con poder sustancial, tras revisar y analizar el expediente AI / DC-003-2019.

El poder sustancial no ocurrió de la noche a la mañana, fue un proceso que comenzó tiempo atrás, en 2019, tras el acuerdo entre  Megacable  y  Axtel  que propició que esta última vendiera una cartera de 50 mil clientes y su red de fibra óptica por un monto cercano a los mil 150 millones de pesos.

El compromiso entre ambas firmas involucraba solo las siguientes entidades: Jalisco, Querétaro, Puebla, Guanajuato y Estado de México, en las cuales  Megacable  ya tenía una presencia relevante. Consecuencia de tal compromiso es que aumentó de manera notable la presencia de esta última empresa en el mercado.

Así lo funciona la Autoridad Investigadora del propio IFT que, en 2020, detectó que efectivamente, había aumentado el dominio de la cablera en toda esa zona, con lo que incluso podía fijar precios, en detrimento del resto de los competidores. Tal cual lo establecido en un dictamen preliminar.

Pero las cosas no pararon ahí. El órgano regulador continuó investigando y revisó algunas de las denuncias interpuestas por suscriptores que se quejaban de que Megacable los obligaba a contratar dos servicios a la vez, el de banda ancha fija y el de televisión de paga, lo cual constituía una flagrante irregularidad y, desde luego, una práctica anticompetitiva.

Con todos estos elementos, el IFT decidió la semana pasada, en sesión de pleno extraordinaria, proceder y declarar con poder sustancial a Megacable, nivelando así el terreno de la competencia.

En casos como éste es que cobran importancia los organismos autónomos, pues el IFT no sólo vigila “el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones en México”, sino también que la prestación de los servicios se dé respetando la libre y justa competencia entre los participantes y teniendo como prioridad a los usuarios

POSTDATA

Ayer circuló el boletín de MORENA donde aparecen los pre-candidatos de ese partido para las elecciones estatales de 2022; por cada entidad hay seis o siete aspirantes. El nombre del doctor Arturo Herrera, ex secretario de Hacienda, no está en la lista para Hidalgo como era de esperarse.

Me pregunto de qué vivirá ahora don  Arturo . De acuerdo con la Ley de Austeridad Republicana (2019), el ex funcionario no puede prestar sus servicios en el sector privado por los próximos 10 años. Entendería que la prohibición fuera por un año o dos, dado que funcionarios de ese nivel de información privilegiada, pero una década me parece un despropósito.

El partido y el inquilino de Palacio Nacional dejaron a  Herrera  colgado de la brocha: no lo mandaron al Banco de México, ni contenderá por la gubernatura y tampoco podrá contratarse de acuerdo con su talento y trayectoria.

Investigación: Upa Ruiz This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

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